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La importancia de conocer y defender nuestra constitución

Cuando en 1985 los representantes del pueblo de Guatemala electos libre y democráticamente, reunidos en Asamblea Nacional Constituyente decretaron, sancionaron y promulgaron la Constitución Política de la República de Guatemala, dejaron plasmado el fin de la misma, afirmando la primacía de la persona humana como objeto y fin del orden social; reconociendo a la familia como génesis primario y fundamental de los valores espirituales y morales de la sociedad, y colocando al Estado como responsable de la promoción del Bien Común, de la consolidación del régimen de legalidad, seguridad, justicia, igualdad, libertad y paz; por lo tanto, evidenciaron el compromiso de todos los ciudadanos guatemaltecos de respetar y hacer cumplir la Ley Suprema. 

En ella se establecen los derechos individuales, sociales, y la intervención del Estado con el objeto de obtener el fin teleológico del mismo, el Bien Común; el texto supremo es accesible a todo ciudadano, y más aún a los estudiantes de carreras universitarias, específicamente a los estudiantes de Derecho; pero sobre todo a los funcionarios públicos que tienen consigo una investidura pública permanente o transitoria, remunerada o gratuita como lo indica la ley de probidad y responsabilidad de funcionarios y empleados públicos. 

Como ciudadanos guatemaltecos debemos saber el contenido de nuestra Constitución, y aplicar los preceptos en ella contenidos en cada momento de nuestra vida, de nuestras actividades en el trabajo, en la universidad, en nuestro vecindario, en la sociedad. 

La importancia de conocer nuestro texto supremo al momento de las discusiones para aprobar una norma ordinaria, o de tomar en cuenta los derechos individuales y sociales en las disposiciones de carácter general, en la redacción de los reglamentos, y en la negociación misma de los pactos colectivos de condiciones de trabajo, evitaría inconstitucionalidades; un ejemplo claro las reformas al código penal, las cuales en parte se han declarado inconstitucionales; o bien los Pactos Colectivos de Condiciones de Trabajo suscritos con el Sector Público, que la misma Procuraduría General de la Nación ha investigado y ha determinado que no se deben negociar y pactar los mismos cuando contradigan la Constitución y las leyes. 

Es por eso que el legislador constituyente al momento de emitir la ley matriz, proclama en el preámbulo constitucional que “decididos a impulsar la plena vigencia de los Derechos Humanos dentro del orden institucional estable, permanente y popular donde gobernados y gobernantes procedan con absoluto apego al Derecho”, instruye de una manera visionaria a los ciudadanos que es nuestro derecho desde el lugar en donde nos encontremos, las aulas universitarias, el escritorio en nuestro trabajo, siendo un empresario, ejecutivo, cajero, secretario, asesor, catedrático, empleado o bien siendo un funcionario público, incluidos hombres y mujeres, es nuestra obligación y derecho defender la Constitución Política de la República de Guatemala, ya que “es una norma que incorpora los valores y principios esenciales de la convivencia política que conforman todo el ordenamiento jurídico; por ello todos los poderes públicos y los habitantes del país están ligados a su imperio y el Derecho Interno sometido a su supremacía” Gaceta 18 expediente 280-90.Fecha sentencia:19/10/1990. 

Si defendemos nuestra Ley Suprema desde el ámbito en donde nos encontremos, tendríamos menos inconstitucionalidades y menos pactos lesivos para nuestra Guatemala. 

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    Rodrigo Cacao Pacay dice:

    Licda. Marta Maria Valenzuela. Considero que en el articulo 3 de la Ley del Organismo Judicial, esta obligatoriedad que como ciudadanos tenemos de conocer nuestras leyes, desde luego iniciar con la ley fundamental, pues de ahí emanan todo el ordenamiento jurídico guatemalteco, me sumo a su aporte, y agradecer sus conocimientos, con palabras claras y sencillas para entender la Genesis de nuestra Constitución Política de la Republica de Guatemala.